La Afip eliminó la retención que le realizan los bancos a los negocios que facturen hasta $ 9 millones al año.
El Gobierno estableció otro beneficio fiscal para incentivar a los pequeños comercios a recibir tarjetas de débito en el marco del nuevo régimen de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para jubilados que cobren la mínima y perceptores de la asignación universal por hijo.
Mediante una norma publicada hoy, la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) eliminó las retenciones de IVA y Ganancias que aplican los bancos por las operaciones con tarjeta de débito a los vendedores más chicos.
El beneficio se aplica a los comercios con una facturación anual de hasta nueve millones de pesos y, para acceder, deben estar categorizados como microempresas ante la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa.
Con la reducción de estos costos impositivos (pagos a cuenta de entre uno y dos por ciento de Ganancias y de uno o 10,5 por ciento de IVA, según el comercio esté o no inscripto) el fisco intenta reducir las trabas que tienen los negocios pequeños para utilizar el Posnet y cobrar con tarjeta.
Hay que recordar que, la ley que estableció el régimen de reintegro de IVA a los sectores de menores ingresos, también fijó la obligatoriedad para los comerciantes de aceptar a las tarjetas de débito como medios de pago.
En este marco, se les permitió computar como crédito fiscal del IVA el costo que de adoptar el sistema de que se trate (Posnet o similar), tanto la instalación como el gasto mensual.
Además, se prohibió a las entidades que operan las tarjetas que apliquen comisiones sobre estas operaciones.